Los 200 posts de este blawg

Hemos llegado a los doscientos (200) posts. En noviembre de 2006 abrí este blog jurídico con la esperanza de aportar algo. He recibido de todo: felicitaciones, insultos, indiferencia, burlas, comentarios inteligentes, etc. El blog jurídico ha sido una buena experiencia, y un nuevo experimento muy afortunado. Espero poder seguir aportando algo, y confío en que más estudiantes de Derecho y abogados abran más blogs jurídicos para "no hacer el oso" (el ridículo para quienes no son colombianos) de manera solitaria.

Filantropía 3.0: un nuevo enfoque

"Filantropía 3.0: un nuevo enfoque". Un ensayo sobre el tema de la filantropía. Aquí tocamos tres temas básicamente: el capitalismo filantrópico del techo político, la filantropía y la globalización, y el sistema de cooperación vs el sistema de dominación. Este escrito les puede dar una visión más actual sobre la filantropía, su evol ...ución, y su nuevo enfoque, el ensayo lo pueden leer en:

http://tinyurl.com/4uu5eoh

Las guerras humanitarias

Un concepto contradictorio, hablar de guerra humanitaria, porque la guerra no tiene nada de humanitario, al revés, es la expresión de la poca evolución del hombre como especie. Observar cómo el ser humano utilizando tecnología avanzada mata a otro ser humano es repugnante. La guerra por más justificada que parezca jamás será humanitaria.

Por estos días una coalición de países occidentales encabezada por Estados Unidos, Francia y el Reino Unido, tratan de proteger a la población civil que se levanta contra el gobierno de Gaddafi en Libia. Años antes la OTAN había hecho lo mismo en Kosovo, cuando Milosevic presuntamente trató de hacer una limpieza étnica contra los mulsumanes albano-kosovares.

La guerra debería ser el último recurso, sin embargo, las potencias siguen invirtiendo miles de millones de dólares en avanzada tecnología para matar o herir mejor. Si todo ese dinero se utilizara en avances médicos o en erradicar la pobreza en el mundo, posiblemente tendríamos un mundo diferente, más humano, más pacífico, más abundante.

La ONU ha autorizado esta "intervención bélica humanitaria" en Libia, para no dejar que el señor Gaddafi utilice la fuerza irracional para suprimir las protestas y las rebeliones políticas en su contra. Sin embargo, se abre el debate sobre la pertinencia y legalidad de la intervención de un tercero en los problemas internos políticos de un país, ¿quién establece los parámetros de una intervención? ¿ Cuándo hay una crisis humanitaria en un problema político? ¿Hasta dónde está legitimada la comunidad internacional para intervenir de manera bélica en una guerra civil interna? Preguntas que me hago, y que nos hacemos muchas personas en el mundo. Por ahora, la comunidad internacional en su gran mayoría ha apoyado la intervención armada en Libia, en el concepto del Consejo de Seguridad de la ONU sería necesaria intervenir en este problema interno de este Estado. La respuesta por lo tanto, sería: cuando la comunidad internacional crea que debe intervenir en un problema interno de un país, lo hará.

En el siglo pasado durante la década de los 90, la comunidad internacional no intervino en Ruanda cuando dos tribus de este país se enfrentaron en un verdadero genocidio étnico. Allí no hubo intervención, ¿será que las cosas han cambiado? ¿Será que la comunidad internacional hoy en día es más humanitaria? ¿Será que que el concepto de intervención ha cambiado? No sabemos, lo que sí sabemos es que en Ruanda miles de personas murieron en un sólo mes y no se hizo nada para parar esto. Tal vez las cosas han cambiado, digo nuevamente, o tal vez las guerras humanitarias han entrado en la agenda del derecho global.

El principio del "non bis in idem"

Se ha abierto un debate. ¿Es posible que por un mismo hecho la Procuraduría General de la Nación pueda sancionar y a la vez lo haga la justicia penal ? Claro que sí. El artículo 29 de la Constitución Política prohibe que por un mismo hecho una persona sea juzgada dos veces, sin embargo, el principio del "non bis in idem" se refiere a la misma responsabilidad. En este sentido, nadie puede ser juzgado dos veces penalmente o disciplinariamente por el mismo hecho, pero, eso sí podría sancionarse penalmente y disciplinariamente por la misma conducta.

El principio del "non bis in idem", significa literalmente que nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo hecho porque si se hiciera se estaría violando el principio del debido proceso, consignado en el artículo 29 de la Constitución Política.

Por lo tanto, cuando por un hecho la Procuraduría abre un proceso disciplinario, la Contraloría da apertura a un proceso fiscal, y la justicia penal hace lo propio, pues no se estaría violando el debido proceso, ni se estaría violentando la Constitución. Es un error manifestar que cuando la Procuraduría ya ha sancionado disciplinariamente a una persona los jueces penales no lo podrían hacer porque se violaría el "non bis in idem".

Ahora bien, es significativo manifestar que la responsabilidad penal tiene sus propios tipos sancionatorios, lo mismo que la responsabilidad disciplinaria o la fiscal, sin embargo, es de advertir que hay conductas que pueden ser sancionadas por diferentes autoridades y derivar diferentes responsabilidades sin que se violente el debido proceso.

En Colombia, el artículo 29 de la Constitución Política determina el derecho al debido proceso en cualquier proceso judicial y administrativo, lo que se traduce en respetar el "non bis in idem" cuando se trata de investigar y sancionar a una persona en alguno de estos procesos, pero sin olvidar que un mismo hecho puede determinar consecuencias en diferentes responsabilidades. Para muchos abogados esto es claro, aunque por lo que han manifestado algunos juristas este principio del "non bis in idem" no lo tienen muy entendido.

Las mejores facultades de Derecho

Hace algunos años escribí un artículo para este blog titulado "Los mejores abogados", tuvo muy buen recibimiento y es el post más comentado de este espacio virtual. Continuando con el espíritu de ese post, he decidido describir lo que serían teóricamente las mejores facultades o escuelas de Derecho.

Los abogados generalmente nos sentimos orgullosos de los maestros de tuvimos en nuestra etapa de formación profesional: magistrados, juristas famosos, litigantes, o teóricos. Algunos de nuestros profesores era más exigentes que otros, sin embargo, con el paso del tiempo valoramos más a los maestros que nos imponían más disciplina y trabajo. Al profesor "buena gente" lo queríamos mucho en nuestra etapa estudiantil porque nos hacía más fácil las cosas, pero hoy en día, haciendo una retrospectiva de nuestra educación, nos parecen esos profesores como verdaderos torpedos de nuestra formación profesional.

Yo creo que allí está una primera característica de una buena facultad de Derecho. Allí donde se protege y se mima al profesor exigente, al profesor que pone a prueba constantemente al estudiante. A contrario sensu, en las facultades de Derecho donde se privilegia "el servicio al estudiante" por no decir que "el servicio al cliente", donde los profesores exigentes son tratados como adefesios monstruosos o dinosaurios en vías de extinción, se estaría causando un verdadero crimen contra la formación del futuro abogado. Los estudiantes, en su gran mayoría, prefieren a los profesores relajados, a los profesores "buena gente", por lo tanto es necesario que las facultades de Derecho identifiquen a los maestros exigentes para que al recibir quejas del alumnado sobre estos, las facultades les brinden una especie de "inmunidad catedrática". Los antros están llenos de profesores "buena gente", de profesores "relajados", o de profesores "populistas" que califican con un criterio muy laxo o simplemente son los "showman" de su clase.

La segunda característica de una buena facultad de Derecho es el compromiso con la creación de conocimiento. Aquellos centros de formación de abogados que repiten como loros lo que se ha dicho en universidades europeas y estadounidenses con verdaderas canteras de mediocres. Si bien es cierto que las universidades del primer mundo son las más avanzadas en materia de investigación, no por eso se debe abandonar la investigación jurídica autóctona, dejando la creación de conocimiento en un segundo plano de la formación del futuro jurista. El jurista que repite como loro lo que ha dicho Kelsen o Dworkin simplemente demuestra que se formó en una escuela de Derecho donde no había investigación o creación de conocimiento. En las facultades de Derecho latinoamericanas es muy común la alabanza que se hace de las escuelas de Derecho europeas o norteamericanas, sin embargo, para que podamos salir del subdesarrollo también debemos crear nuestras propias teorías jurídicas de acuerdo a nuestra historia e idiosincrasia.

La tercera característica de una buena escuela de Derecho es donde el decano o director de estudios está al frente de su unidad académica, conoce personalmente a todos sus profesores, habla con ellos constantemente, habla con los alumnos frecuentemente, y sobre todo carece de aquella supuesta habilidad para delegarlo todo. El decano debe ser un símbolo del profesor veterano, del profesor maduro, del gran profesor, el decano no puede limitarse a ser un gerente o un administrador de su unidad académica, debe ser ante todo el primero de los profesores, el guía de los instructores. Los decanos relacionistas públicos, que pasan la mayoría de su tiempo en cócteles o en despedidas o en bienvenidas son verdaderas amenazas para la formación de los abogados, porque ése es un síntoma de que el decano sufre de "deleguitis crónica" y su facultad debe estar manga por hombro.

La cuarta característica de una buena facultad de Derecho es la de contar con una buena biblioteca. Eso implica que el decano está pendiente de preguntarle a los profesores sobre los textos que deben adquirirse, y sobre las novedades bibliográficas en materia nacional e internacional. Pero si la unidad académica está más pendiente de adular a sus egregios egresados, y de lamerle la mano a los poderosos, a cambio de adquirir buenos libros, o de interesarse por el nivel de lectura de sus alumnos, no me extrañaría que esa facultad de Derecho estuviera perdiendo prestigio ( por no hablar de los antros que nunca ha contado con buen nombre o fama).

La quinta característica de una buena facultad de Derecho es la de tener un norte ideológico. Las escuelas de Derecho latinoamericanas generalmente, como ya dije, repiten como loros lo que se ha dicho en Europa y en Estados Unidos, sin embargo, contar con una ideología no sólo no es malo sino que es necesario, saber que en una escuela de Derecho son más iuspositivistas que en otra es bueno, o que en tal facultad de Derecho se enseña más a Dworkin que a Hart por ejemplo sería interesante, o que son más iuspublicistas que iusprivatistas es importante, pero si la característica más importante en una facultad de Derecho es que todos sus alumnos llegan en carro y no en bus, pues, como diría el astronauta "Houston we have a problem".

La sexta característica de una buena facultad de Derecho es la de buscar a los buenos estudiantes para que estudien en ella. Quedarse con los brazos cruzados esperando que lleguen las lumbreras de los buenos colegios de un país es temerario y arriesgado. Incluso escuelas de leyes como Harvard o Yale se pelean a los mejores estudiantes de Estados Unidos para que se matriculen allí. Pero si el centro educativo se limita a repartir folletos en los centros de educación media con las fotos de tres o cuatro estudiantes de Leyes mostrando los dientes, pues no me extrañaría que la materia prima de esa facultad de Derecho sean muchos proyectos de estudiantes y no verdaderos discípulos del conocimiento humano. Buscar a los mejores estudiantes es una tarea que hacen hasta las mejores universidades del mundo, pero, si nos cruzamos de brazos para esperar que lleguen los futuros hermanos Mazeaud a nuestras facultades estaremos en problemas.

La séptima característica de una buena facultad de Derecho es su compromiso con la ética, la moral, y la responsabilidad social. Pero si en un centro donde se enseñan leyes se estimula o no se castiga la trampa y la inmoralidad, ese centro académico no merece enseñar Derecho. A los estudiantes tramposos hay que aislarlos, por no decir que expulsarlos de las universidades, la sociedad no resiste un corrupto más, los Estados están abotagados de rapaces delincuentes que ostentan honrosos diplomas profesionales. Las facultades de Derecho deben ser draconianas a la hora de reprimir la copia, el plagio y la mentira, pero si lo que se administra al futuro delincuente o proyecto de delincuente es un "castigo pedagógico", no nos extrañe que ese angelito en el futuro desfalque una entidad pública o aparezca como el líder de una banda de apartamenteros. La responsabilidad social es fundamental en una facultad de Derecho, al abogado hay que enseñarle hasta la saciedad que su deber es con la justicia y con la verdad y no con su cuenta bancaria. Los abogados somos constructores de la sociedad, pero si a los futuros albañiles sociales sólo se les transmite valores como aprender a catar whisky y tequila, o jugar póker, pues estamos al borde de un colapso que ya de por sí vivimos en muchos países. Al futuro abogado hay que enseñarle y transmitirle valores, no sólo darle información. Transmitir valores incluye formar al abogado universal, aquel profesional que algún día será un jurista porque sabe cuál es su papel en la sociedad, porque no sólo sabe ver el saldo en un cajero electrónico sino porque sabe que su profesión es sagrada. Este abogado que se ha convertido en un jurista no sólo sabe de Derecho, sino que además degusta de lecturas de otros temas (como economía, filosofía, literatura, arte, ect).

No creo que yo sea el adalid de la formación jurídica, o el dios de la educación, simplemente creo que las anteriores características son las que debe tener una verdadera facultad de Derecho. Nuestros países necesitan hoy más que nunca de verdaderos juristas, y no de leguleyos que sólo saben hablar o escribir para cobrar jugosos honorarios pero que carecen del sentido de la justicia y la verdad que jamás aprendieron en su etapa de formación como profesionales.

Pd: No deje de leer "La dignidad de los soldados del tiempo dorado".