LA PENA DE MUERTE EN CASOS ATROCES: ¿JUSTA O INJUSTA?

Ayer, después de ver el documental de la fuga de John Frank Pinchao en Discovery Channel, vi otro documental muy interesante que me dejó muy preocupado.
El caso del asesino Luis Alfredo Garavito, quien mató y violó a más de 140 niños en varias ciudades de Colombia, fue expuesto en el canal de televisión mencionado.
Aparte de la magnífica investigación que llevó a cabo la Fiscalía General, el CTI, la Policía Nacional, y el DAS, el documental también mostró cómo en Colombia no existe ni la cadena perpetua y la pena de muerte. En nuestro país la máxima pena a la que se expondría un asesino como estos es de máximo 40 años aproximadamente, eso sin contar las rebajas por estudio, buen comportamiento, y sentencia anticipada.
El Fiscal General Mario Iguarán afirmó que Garavito no podría tener rebaja por estudio ni por trabajo, y que todavía estaría en la cárcel por un largo tiempo.
Un caso preocupante el de este señor Garavito, ya que a sangre fría violó, torturó y mató a más de un centenar y medio de niños, en la mayoría infantes pobres que deambulaban por las calles trabajando o pidiendo limosna.
El caso de este psicópata genera indignación, repudio y asco, y generalmente las personas cuando ven este caso piden las penas más drásticas como serían las de cadena perpetua o pena de muerte.
Sobre la cadena perpetua está en marcha un referendo para imponer este castigo en Colombia, sobre la pena de muerte aunque muchas personas se han manifestado a favor de ésta en Colombia, el cosenso es menos unánime para que se implante en Colombia.
Recordemos que la pena de muerte era común en casi todos los Estados del mundo hace doscientos años, e incluso se aplicaba para delitos políticos. A los padres de la independencia colombiana, como a Francisco José de Caldas, Camilo Torres, Policarpa Salvarrieta, entre otros, les aplicaron esta pena por su levantamiento contra el Imperio español.
Después de las doctrinas de Beccaria el derecho penal ha venido humanizándose, y esto ha incluido la abolición de la pena de muerte, las torturas, y los tratos degradantes a quienes cometan delitos.
En Colombia la pena de muerte se aplicó por última vez a quienes atentaron contra el presidente Rafael Reyes, de hecho fueron fusilados en el sitio que hoy ocupa la Universidad Javeriana.
La Constitución de Colombia prohibe la aplicación de la pena de muerte, y el país ha suscrito varios tratados internacionales donde se proscribe esta pena.
Hace algunas semanas se volvió a tocar este tema cuando un señor ordenó matar a su pequeño hijo de sólo once meses, varias personas salieron a decir que debía implantarse la cadena perpetua, y el señor Vicepresidente de Colombia se preguntó si estos sujetos ( los que matan niños) tendrían derecho a vivir.
En la universidad donde yo estudié, dictaba clase un excelente profesor de Filosofía del Derecho llamado Francisco Herrera Jaramillo, quien falleció en un accidente de carretera.
El profesor Herrera era totalmente contrario a todas las acciones jurídicas que atentaran contra la vida, como la eutanasia, el aborto, y la pena de muerte. El daba varios argumentos de tipo iusfilosófico para defender el derecho a la vida a ultranza.
Uno de los argumentos que esgrimía Herrera para desestimar la pena de muerte era el de la contradicción de derechos, según él, el ordenamiento jurídico no podía proteger un derecho a la vida y un derecho a la muerte, ya que ambos derechos son contradictorios, en este sentido no habría un derecho a matar en ningún caso, y sobretodo jurídicamente, porque entonces el propio ordenamiento se estaría autodestruyendo.
Para Herrera el derecho a la vida era un derecho absoluto, no relativo, y era un derecho originario, en este caso, es un derecho que le pertenece a la persona de manera intrínseca.
El derecho a la vida, para los iusnaturalistas, no puede ser materia de discusión en ningún caso, y sobretodo en el tema de la pena de muerte.
El Estado no podría matar a nadie legalmente, porque pondría en peligro su propia autosupervivencia, y porque no tendría el derecho a matar por justicia.
La aplicación de la pena de muerte todavía opera en Estados Unidos, y en algunos países del lejano y cercano oriente. En la mayoría de la países latinoamericanos no hay pena de muerte, y la discusión está casi decidida hacia su no aplicación.
Otros argumentos en contra de la pena de muerte están dados no por argumentos jurídicos, sino por razones prácticas, uno de ellos es de la eficacia de la pena, y el de su aplicación, ya que por un lado hay la preocupación de si pudiera imponerse la pena de muerte a inocentes, y de si imponer este castigo sería lo suficientemente disuasivo como para que otros no cometieran delitos atroces.
En Estados Unidos han sucedido ambas cosas, ya que han ocurrido "errores", en los que se han demostrado que han matado personas totalmente inocentes, y por otro lado, el país del Norte tiene cifras de muertes violentas muy altas, estando vigente la pena de muerte. Un caso contradictorio, ya que en Europa, en la mayoría de los países tampoco existe este castigo, pero las cifras de delincuencia violenta son menores que en Estados Unidos.
La pena de muerte se le pasa por la mente a la mayoría de personas cuando ven casos atroces, sobretodo cuando se dan hechos donde hay muertes de personas en estado de indefensión o de inferioridad física como los asesinatos de niños.
Hoy en día la pena de muerte está prácticamente proscrita, en Colombia como ya dije está prohibida por vía constitucional, y no hay muchas voces que la apoyen de manera drástica, por los argumentos que ya mencioné pero por sobretodo, porque el Estado no puede ponerse al mismo nivel de los delincuentes. Matar legalmente no puede justificarse, por ningún motivo, salvo en los casos de legítima defensa y de combate en guerras, el Estado debe humanizarse cada día más, debe buscar las causas sociales, de salud, y sociológicas que llevan a estos psicópatas a matar niños, y por sobretodo, imponer penas que eviten que estos criminales sigan cometiendo delitos pero sin rebajarse al mismo talante criminal de los delincuentes, por eso las penas deben ser prácticas, y no meramente vengativas o instintivas.
La pena de muerte ha mostrado ser muy ineficaz en muchos países del mundo, lo que muestra que los Estados han procurado tener un derecho penal más humanizado, y más civilizado, pero por encima de todo, el derecho penal debe ofrecer salidas inteligentes a estos casos extremos de asesinos monstruosos, ya que debe como la balanza de la justicia, sopesar los derechos humanos pero también los derechos de la sociedad a tener supervivencia y seguridad.
La discusión sobre la justicia de la pena de muerte está más cerca hoy en día a favor de los enemigos de su implantación. Los que apoyan este castigo a veces lo hacen de manera pasional, pero creo que los argumentos prácticos y iusfilosóficos han sofocado la idea de su aplicación en muchos países, especialmente en los latinoamericanos.

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