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Los derechos de los animales en el amanecer de una Nueva Humanidad
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¿El derecho a la libertad de expresión tiene límites?
Hay una frase célebre de Voltaire sobre este
tema y que ilustra el problema de manera maravillosa: “Yo no estoy de acuerdo con lo que usted dice, pero daría mi vida para
que lo dijera”. Estupendo, eso se llama tolerancia. No estoy de acuerdo con
sus ideas, pero sí estoy de acuerdo con que lo pueda decir.
La libertad de expresión es uno de los
derechos de primera generación dentro del constitucionalismo liberal, viene
desde la Revolución francesa, y es un derecho consignado en la mayoría de las
cartas políticas del mundo. Es un derecho inobjetable, que se manifiesta como
intrínseco a la naturaleza humana. La facultad de decir o de expresarme en
sociedad - mejor dicho públicamente- como yo quiera.
En el hemisferio occidental la actitud de las
cortes y del poder legislativo sobre este derecho es la de ser proclive a una “amplia
libertad de expresión” –salvo en algunos países de manera excepcional-, por lo
tanto los límites a este derecho están determinados por el daño cierto y claro
que se le causen a una persona con ocasión del ejercicio de la libertad de
expresión.
En consecuencia, sí hay límites a la libertad
de expresión: los derechos de los demás. Y más específicamente cuando se cause
lesión cierta a esos derechos. Un ejemplo de límites a la libertad de expresión
es la injuria y la calumnia, proclamar públicamente que alguien ha cometido un
delito del cual es inocente es inferir daño al derecho de honra o de honor de
una persona; lo mismo ocurre con la injuria.
Sin embargo, ¿qué pasa cuando yo critico de
manera violenta o apasionada a un grupo, a una persona o a una ideología? ¿Cuando
los ofendo de manera directa, sin inferirles calumnia o injuria? Desde un punto
estrictamente legal no abría afrenta por este motivo, y como ya he dicho la
actitud de los jueces y de los legisladores en Occidente es la de ser
complacientes o amplios frente a esta libertad. Si no hay un daño cierto no hay
razón para indemnizar, para retractarse o para ser censurado.
Empero, si bien es cierto el Estado solo
entra a regular o a castigar los excesos de la libertad de expresión cuando se
ha cometido un daño, también es cierto que debe existir una autorregulación de
quien expresa una opinión en público, o incluso, debería existir una especie de
sanción social contra quien se extralimita en sus opiniones obscenas, abusivas
o violentas contra una persona, un grupo, un sector de la sociedad o una
ideología, o una religión.
En los medios de comunicación es común ver
columnas, artículos o caricaturas en donde se mofan, se burlan o critican de
manera exagerada la actitud de algún político, de algún famoso, o de cualquier
persona que se mueve en la esfera pública. En el sistema democrático liberal el
Estado no puede entrar a sancionar a nadie por eso, prevalece la libertad de
expresión, sin embargo, sí sería necesario la autorregulación, la autocensura,
para que estas prácticas no pongan en peligro la estabilidad y la moral social,
y no generen un clima de violencia y de hostilidad innecesarios en una
comunidad que necesita de todo lo contrario: paz y debate sereno.
La libertad de expresión abusiva, sin que
esta libertad abusiva tenga consecuencias legales- debe ser materia de análisis
por parte de los opinadores, de los articulistas, de los blogueros, de los
periodistas, y de todos aquellos que están acostumbrados a manifestarse en los
medios de comunicación masivos. La libertad de expresión también tiene una
responsabilidad social, y si bien es cierto el Estado no puede entrar a acallar
mis críticas burlonas o sarcásticas contra una persona, un grupo, una ideología,
o una religión –salvo que la conducta sí se encuadre dentro de un delito- yo,
como opinador público, debería pensar en la construcción y el aporte que mi
expresión está dando a la sociedad. ¿Será que esas burlas, esos sarcasmos, esas
groserías, son útiles para erigir una mejor sociedad, un mejor mundo? Es un
tema de reflexión que también toca con la moral, con los valores imperantes y
con la educación.
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PRIMERAS DECISIONES DE OBAMA
En su primera semana de gobierno, el presidente de Estados Unidos Barack Obama ordenó entre otras cosas, cerrar la cárcel de Guantánamo en el plazo de un año, y emplazó a los servicios de inteligencia de su país a no utilizar la tortura en los interrogatorios.
Sobre el cierre de la cárcel de Guantánamo es importante tener en cuenta que la Suprema Corte de Justicia ya había señalado que los prisioneros de este centro de detención sí tenían derechos, y que podían ser llevados a una corte en los Estados Unidos. El problema para Obama es el destino de estos prisioneros, y el estatus jurídico de estos, ya que al ser llevados a Norteamérica podrían eventualmente quedar en libertad porque se les dio un procedimiento de detención ilegal. Otros países no quieren comprometerse a tener estos prisioneros, pero la Unión Europea es la más inclinada a recibir a algunos de ellos. Como algunos de estos prisioneros al parecer sí parece que intervinieron en actos terroristas, el gobierno de Obama quiere seguir con su juzgamiento, pero la gran talanquera son las pruebas que se obtuvieron para determinar las conductas punibles, ya que allí se utilizó la tortura, la cual no es aceptada como prueba en la mayoría de los sistemas penales civilizados del mundo.
El cierre de la cárcel de Guantánamo es un paso importante para restablecer la autoridad moral de Estados Unidos, y para decirle al mundo que este país no viola los derechos humanos. El reto para Obama será tomar una buena decisión sobre el destino de los prisioneros para que dé una solución salomónica y en justicia sobre este aspecto, ya que por otro lado, y como lo dijo el mismo Obama esto no significa que Estados Unidos renuncie a la lucha contra el terrorismo.
En cuanto a la orden ejecutiva que dio el presidente afroamericano sobre la no utilización de la tortura, es importante indicar que el uso de este procedimiento fue abolido en los sistemas penales modernos desde la época del criminalista Beccaria, que coincidió con el movimiento de la revolución francesa. Torturar va contra los derechos del hombre, y un Estado moderno y civilizado no puede utilizar este procedimiento porque se encontraría al margen de las convenciones que protegen los derechos humanos. Obama da un paso inmenso en el anhelado fin de obtener nuevamente la simpatía internacional por Estados Unidos, y sobretodo, por restablecer el liderazgo moral de este país.
Las primeras decisiones de Obama no han estado exentas de críticas, ya que el excandidato McCain ha aseverado que el presidente ordenó cerrar la cárcel de Guantánamo sin haber decidido el destino de los prisioneros, lo cual le pareció al senador por Arizona como una decisión improvisada, McCain también criticó el proyecto de ayuda económica de 819.000 millones de dólares porque le parece un gasto excesivo y según él a cambio de esto se deberían bajar los impuestos y reducir el gasto para conjurar la crisis, sin embargo, precisamente ese desequilibrio fiscal es una de las causas del descalabro económico que sufre Estados Unidos, y Obama simplemente está tratando de componer la progresividad del sistema tributario.
Las primeras decisiones de Obama han sido acertadas, primero en el ámbito jurídico y moral, y después en el campo económico, ya que se necesitan medidas de choque para reconducir a Estados Unidos hacia un equilibrio presupuestal y fiscal. Ya veremos hasta dónde las medidas funcionan o no.
Obama derecho política Guantánamo derechos+humanos blogs
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EL DERECHO A TENER UN BLOG JURIDICO
La libertad de expresión es uno de los derechos más importantes que puede tener el ser humano. Cuando decidí crear este blog lo hice convencido de que con él podría ayudar a crear una discusión jurídica en la internet.
Ha sido muy interesante mantener este espacio, leer todas las opiniones sobre los temas de reflexión, y tener contacto con múltiples personas ha sido muy enriquecedor. Sin embargo, no faltan los que se creen dueños de esta herramienta de reflexión.
Hace ya algunas semanas un gamberro me acusó de "copión" y tachó este espacio de "basura". Yo respondí con un post donde descargué todo lo que pensaba sobre este asunto, y no lo voy a volver a repetir aquí.
Pero, a veces huelo en el ambiente ciertas cosas, y no me gustan, por ejemplo, que la creación de un formato sea obra exclusiva de alguna persona, quiero decir, que por ejemplo, si a alguien se le ocurre crear un blog sobre meteoritos, entonces debe ser el único blog sobre meteoritos que haya en el mundo, no, no es posible salvo que acuda a una autoridad para patentar el invento, o algo así, y no creo que pueda patentar este tipo de cosas, no hay una legislación en el mundo que le otorgue derechos por esto, creo yo.
Aquí viene el tema del blog jurídico, ya que cuando abrí este espacio no lo hice pensando en copiar a nadie, como ya lo dije, lo hice dando palos de ciegos, pero ahí ha salido algo, y espero que ese algo sea bueno.
Cuando el gamberro escribió en el c-box todas esas estupideces, me quedé pensando en el origen de aquellos insultos, y todavía tengo por ahí la dirección I.P del malhechor, sin embargo, y aunque varios me dijeron que no le parara bolas, intuyo que es necesario anunciar esto, para que les quede claro a varios:
1. Si quieren tener su propio blog jurídico los animo a que inventen uno, incluso si quieren copiar el FORMATO de este blog, pues procedan no hay problema, eso sí NO copien mis posts (artículos) sin mi permiso o sin darme el crédito porque ahí SI habría delito, y no se les olvide que soy abogado, ¡entonces tengan cuidado con lo que copian!
2. En el mundo pueden haber los blogs jurídicos que a cada quien se le da la gana de crear, no necesitan de la autorización de nadie.
3. Los que tengan problemas con su blog jurídico, pues traten de escribir buenas cosas, o de aprender a manejar el internet, como me ha tocado a mí.
4. Nadie tiene la verdad revelada en materia de blogs jurídicos, y si cada quien quiere formar su propia comunidad jurídica de blogs jurídicos, pues que lo hagan, de hecho, voy a crear mi propia red de blogs jurídicos que se llama Comunidad de blogs jurídicos inventada por Francisco Bermúdez Guerra ( no me importa si soy el único miembro) o tal vez me invento un alter-ego para que seamos dos (Pedrito Jurídico, por ejemplo), vamos a tener nuestras propias reuniones, encuentros internacionales, mundiales, y galácticos; así como tertulias, carreras de observación, y más, si quieren meterse a esta Comunidad de blogs jurídicos inventada por Francisco Bermúdez Guerra pueden escribirme a pachobermudez@gmail.com, e inscribirse, o a mi grupo de Facebook llamado "Blog jurídico de FBG".
5. Si usted quiere crear su propia comunidad jurídica de blogs jurídicos, pues hágalo, y monte unas reuniones, encuentros, mundiales, galácticos, o como quiera, ¡es libre!, no se preocupe, y llámela como quiera.
6. Por último, repito, cada quien puede tener su propio blog jurídico, y compita con los otros, como quiera competir, pero no insultando a los demás, creando nombres ficticios para calumniar e insultar, porque fuera de delincuente entonces sería un cobarde.
7. Viva la libertad de expresión, y la libertad de asociación, y el derecho a crear lo que a uno se le dé la gana de crear, eso sí sin plagiar o copiar sin autorización.
calumnia injuria copia plagio blogs internet leyes derecho propiedad+intelectual copiones cobardes derechos
Ha sido muy interesante mantener este espacio, leer todas las opiniones sobre los temas de reflexión, y tener contacto con múltiples personas ha sido muy enriquecedor. Sin embargo, no faltan los que se creen dueños de esta herramienta de reflexión.
Hace ya algunas semanas un gamberro me acusó de "copión" y tachó este espacio de "basura". Yo respondí con un post donde descargué todo lo que pensaba sobre este asunto, y no lo voy a volver a repetir aquí.
Pero, a veces huelo en el ambiente ciertas cosas, y no me gustan, por ejemplo, que la creación de un formato sea obra exclusiva de alguna persona, quiero decir, que por ejemplo, si a alguien se le ocurre crear un blog sobre meteoritos, entonces debe ser el único blog sobre meteoritos que haya en el mundo, no, no es posible salvo que acuda a una autoridad para patentar el invento, o algo así, y no creo que pueda patentar este tipo de cosas, no hay una legislación en el mundo que le otorgue derechos por esto, creo yo.
Aquí viene el tema del blog jurídico, ya que cuando abrí este espacio no lo hice pensando en copiar a nadie, como ya lo dije, lo hice dando palos de ciegos, pero ahí ha salido algo, y espero que ese algo sea bueno.
Cuando el gamberro escribió en el c-box todas esas estupideces, me quedé pensando en el origen de aquellos insultos, y todavía tengo por ahí la dirección I.P del malhechor, sin embargo, y aunque varios me dijeron que no le parara bolas, intuyo que es necesario anunciar esto, para que les quede claro a varios:
1. Si quieren tener su propio blog jurídico los animo a que inventen uno, incluso si quieren copiar el FORMATO de este blog, pues procedan no hay problema, eso sí NO copien mis posts (artículos) sin mi permiso o sin darme el crédito porque ahí SI habría delito, y no se les olvide que soy abogado, ¡entonces tengan cuidado con lo que copian!
2. En el mundo pueden haber los blogs jurídicos que a cada quien se le da la gana de crear, no necesitan de la autorización de nadie.
3. Los que tengan problemas con su blog jurídico, pues traten de escribir buenas cosas, o de aprender a manejar el internet, como me ha tocado a mí.
4. Nadie tiene la verdad revelada en materia de blogs jurídicos, y si cada quien quiere formar su propia comunidad jurídica de blogs jurídicos, pues que lo hagan, de hecho, voy a crear mi propia red de blogs jurídicos que se llama Comunidad de blogs jurídicos inventada por Francisco Bermúdez Guerra ( no me importa si soy el único miembro) o tal vez me invento un alter-ego para que seamos dos (Pedrito Jurídico, por ejemplo), vamos a tener nuestras propias reuniones, encuentros internacionales, mundiales, y galácticos; así como tertulias, carreras de observación, y más, si quieren meterse a esta Comunidad de blogs jurídicos inventada por Francisco Bermúdez Guerra pueden escribirme a pachobermudez@gmail.com, e inscribirse, o a mi grupo de Facebook llamado "Blog jurídico de FBG".
5. Si usted quiere crear su propia comunidad jurídica de blogs jurídicos, pues hágalo, y monte unas reuniones, encuentros, mundiales, galácticos, o como quiera, ¡es libre!, no se preocupe, y llámela como quiera.
6. Por último, repito, cada quien puede tener su propio blog jurídico, y compita con los otros, como quiera competir, pero no insultando a los demás, creando nombres ficticios para calumniar e insultar, porque fuera de delincuente entonces sería un cobarde.
7. Viva la libertad de expresión, y la libertad de asociación, y el derecho a crear lo que a uno se le dé la gana de crear, eso sí sin plagiar o copiar sin autorización.
LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS
Hoy, después de conocer el horrible y cobarde asesinato de un niño de 11 meses de nacido, y de acuerdo con las reacciones de la gente, me ha surgido la necesidad de escribir este post.
Según la Constitución de Colombia los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás. Pero, ¿en la práctica se está cumpliendo esto?, los casos de abusos sexuales, maltratos, asesinatos, la utilización de menores en el conflicto interno como combatientes, la desnutrición y el hambre, hacen que nuestro país muestre ante el mundo una situación muy preocupante sobre la protección de los niños.
La protección de los niños debe ser una política de Estado, pero debe ser una política "integral" y "global". La educación, la nutrición, el cuidado en la salud, la solución de la situación del menor en la familia, la capacitación de los padres para el tratamiento de los hijos, deben ser algunas de las prioridades del aparato estatal.
El cuidado de la infancia, no sólo debe ser un asunto policivo o de política criminal, que es importante sin duda alguna, ya que los violadores y asesinos de niños deben reflexionar un tiempo muy largo en centros penitenciarios sobre el daño que han causado, y así mismo desanimar a otros malandros de cometer las mismas aberraciones. Empero, el aspecto policivo y criminal es uno de los puntos a tratar dentro de una política general de protección y ayuda a la niñez. En varios puntos de Colombia muchos niños se mueren literalmente de hambre, recordemos los aberrantes casos del Chocó, igualmente, los propósitos de brindar educación primaria universal para nuestros infantes como parte de las metas del milenio de la ONU, la educación intra-familiar, la sanción a quienes utilizan a menores en situaciones que los ponen en inminente peligro, son también acciones que debe llevar a cabo el gobierno, junto con la ayuda de organizaciones que tienen experiencia en el tratamiento de estos asuntos.
Hoy lloramos la muerte de un niño de 11 meses de nacido, que fue asesinado vilmente, pero, aprovechemos esta coyuntura dolorosa para reflexionar sobre el cumplimiento de los mandatos constitucionales sobre la defensa de nuestra infancia, la protección de los niños muestra el nivel de avance y desarrollo de una sociedad, pero cuando en Colombia aparecen niños víctimas de abusos sexuales o asesinados, niños con malnutrición o a punto de morir de hambre, niños que son víctimas de maltratos en sus hogares, nos ponen en una situación muy complicada frente a la comunidad internacional, porque nos hacen ver como una sociedad de salvajes, de inhumanos.
Es deber de toda persona adulta proteger a los niños y a las personas de la tercera edad, no por limosna, sino por obligación, cuando en Colombia la protección a los niños se tome como una política integral, tendremos un país mejor, un país más desarrollado, más digno, más humano.
Por ahora, lloremos la muerte de esta criatura, pero que también sirva este caso para estudiar las estructuras de nuestro Estado en cuanto a la política integral de cuidado de la niñez.
Según la Constitución de Colombia los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás. Pero, ¿en la práctica se está cumpliendo esto?, los casos de abusos sexuales, maltratos, asesinatos, la utilización de menores en el conflicto interno como combatientes, la desnutrición y el hambre, hacen que nuestro país muestre ante el mundo una situación muy preocupante sobre la protección de los niños.
La protección de los niños debe ser una política de Estado, pero debe ser una política "integral" y "global". La educación, la nutrición, el cuidado en la salud, la solución de la situación del menor en la familia, la capacitación de los padres para el tratamiento de los hijos, deben ser algunas de las prioridades del aparato estatal.
El cuidado de la infancia, no sólo debe ser un asunto policivo o de política criminal, que es importante sin duda alguna, ya que los violadores y asesinos de niños deben reflexionar un tiempo muy largo en centros penitenciarios sobre el daño que han causado, y así mismo desanimar a otros malandros de cometer las mismas aberraciones. Empero, el aspecto policivo y criminal es uno de los puntos a tratar dentro de una política general de protección y ayuda a la niñez. En varios puntos de Colombia muchos niños se mueren literalmente de hambre, recordemos los aberrantes casos del Chocó, igualmente, los propósitos de brindar educación primaria universal para nuestros infantes como parte de las metas del milenio de la ONU, la educación intra-familiar, la sanción a quienes utilizan a menores en situaciones que los ponen en inminente peligro, son también acciones que debe llevar a cabo el gobierno, junto con la ayuda de organizaciones que tienen experiencia en el tratamiento de estos asuntos.
Hoy lloramos la muerte de un niño de 11 meses de nacido, que fue asesinado vilmente, pero, aprovechemos esta coyuntura dolorosa para reflexionar sobre el cumplimiento de los mandatos constitucionales sobre la defensa de nuestra infancia, la protección de los niños muestra el nivel de avance y desarrollo de una sociedad, pero cuando en Colombia aparecen niños víctimas de abusos sexuales o asesinados, niños con malnutrición o a punto de morir de hambre, niños que son víctimas de maltratos en sus hogares, nos ponen en una situación muy complicada frente a la comunidad internacional, porque nos hacen ver como una sociedad de salvajes, de inhumanos.
Es deber de toda persona adulta proteger a los niños y a las personas de la tercera edad, no por limosna, sino por obligación, cuando en Colombia la protección a los niños se tome como una política integral, tendremos un país mejor, un país más desarrollado, más digno, más humano.
Por ahora, lloremos la muerte de esta criatura, pero que también sirva este caso para estudiar las estructuras de nuestro Estado en cuanto a la política integral de cuidado de la niñez.
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¿ SE PUEDEN RESOLVER TODOS LOS PROBLEMAS CON EL DERECHO ?
Hay una tendencia muy adentrada en nuestra cultura: emitir leyes y normas para resolver problemas coyunturales. Cada vez que un suceso causa conmoción en la opinión pública, los ciudadanos exigen que se tomen medidas, y los gobernantes traducen esto en la promulgación de un acto jurídico que trate de modificar la situación.
Aunque el Derecho es importante para mantener unas condiciones mínimas de orden en la sociedad, también es cierto que muchas veces no son las normas en sí mismas las que resuelven los problemas.
La aplicación de normas que ya existen sería un buen principio para erradicar ciertas conductas nocivas de la comunidad. La impunidad, la ineficacia de la norma es el problema ¿qué quiere decir esto? que muchas veces es la aplicación de la norma el problema, y no la norma como tal.
Pretender que la sociedad va a cambiar a punta de normas jurídicas es un deseo irreal. Está visto que la dificultad radica en los instrumentos para hacer cumplir el ordenamiento jurídico, y eso pasa por la eficacia de la administración de justicia y de la administración del Estado en general.
Las normas jurídicas determinan ciertas conductas en la sociedad, y protegen sus valores más estimados. Sin embargo, creemos que es la eficacia en los medios lo que va a cambiar el espectro social. Y no sólo esto, saber las causas de los problemas es un buen principio para erradicar las consecuencias de éstos, pero con una ley o con una norma en general no se subsanan por sí mismos los defectos sociales.
Aunque el Derecho es importante para mantener unas condiciones mínimas de orden en la sociedad, también es cierto que muchas veces no son las normas en sí mismas las que resuelven los problemas.
La aplicación de normas que ya existen sería un buen principio para erradicar ciertas conductas nocivas de la comunidad. La impunidad, la ineficacia de la norma es el problema ¿qué quiere decir esto? que muchas veces es la aplicación de la norma el problema, y no la norma como tal.
Pretender que la sociedad va a cambiar a punta de normas jurídicas es un deseo irreal. Está visto que la dificultad radica en los instrumentos para hacer cumplir el ordenamiento jurídico, y eso pasa por la eficacia de la administración de justicia y de la administración del Estado en general.
Las normas jurídicas determinan ciertas conductas en la sociedad, y protegen sus valores más estimados. Sin embargo, creemos que es la eficacia en los medios lo que va a cambiar el espectro social. Y no sólo esto, saber las causas de los problemas es un buen principio para erradicar las consecuencias de éstos, pero con una ley o con una norma en general no se subsanan por sí mismos los defectos sociales.
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